IVA11 min de lectura · Actualizado enero 2025

Modelo 303: Guía Completa del IVA Trimestral para Autónomos 2025

El Modelo 303 es la declaración trimestral de IVA que casi todos los autónomos y empresas están obligados a presentar. En esta guía encontrarás todo: qué es, quién lo presenta, cómo calcularlo y los plazos exactos de 2025.

¿Qué es el Modelo 303?

El Modelo 303 es la autoliquidación trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). A través de él, el autónomo liquida la diferencia entre el IVA que ha cobrado a sus clientes (IVA repercutido) y el IVA que ha pagado a sus proveedores (IVA soportado).

Si has cobrado más IVA del que has pagado, el resultado es positivo y debes ingresarlo a Hacienda. Si has pagado más del que has cobrado, el resultado es a tu favor: puedes solicitar la devolución (al final del año, con el Modelo 303 del 4T) o compensarlo en trimestres posteriores.

El IVA que cobras a tus clientes no es tuyo. Actúas como recaudador de Hacienda. Por eso es fundamental reservarlo desde que lo cobras y no gastarlo en el negocio.

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 303?

Están obligados a presentar el Modelo 303 todos los autónomos y empresas que realicen actividades sujetas a IVA en España, independientemente de si el resultado es a pagar, a compensar o a devolver.

También debes presentarlo aunque no hayas tenido actividad durante el trimestre (el resultado será 0, pero la obligación formal persiste).

Excepciones: Actividades exentas de IVA como educación, sanidad o servicios financieros no presentan Modelo 303. Los autónomos en estimación objetiva (módulos) con criterio de caja simplificado tienen un régimen especial.

Plazos de presentación del Modelo 303 en 2025

TrimestrePlazo de presentación
1T (enero – marzo)Del 1 al 20 de abril
2T (abril – junio)Del 1 al 20 de julio
3T (julio – septiembre)Del 1 al 20 de octubre
4T (octubre – diciembre)Del 1 al 30 de enero del año siguiente
El plazo del 4T termina el 30 de enero, no el 20. Es el más largo pero también el que más gente olvida. Presentarlo con retraso conlleva recargos del 5%, 10% o 15% según los meses de demora, más los intereses de demora.

Cómo calcular el IVA a ingresar: la fórmula

IVA a ingresar = IVA repercutido − IVA soportado deducible

IVA repercutido

Es el IVA que has cobrado a tus clientes en tus facturas emitidas durante el trimestre. Si has emitido facturas por 10.000€ base + 21% IVA, tu IVA repercutido es 2.100€.

IVA soportado deducible

Es el IVA que has pagado en tus facturas de proveedores y que es deducible (gastos relacionados con tu actividad). Si has pagado 800€ de IVA en gastos deducibles, tu IVA soportado es 800€.

Ejemplo trimestral real:

Facturas emitidas (base)12.000 €
IVA repercutido (21%)+ 2.520 €
IVA soportado (gastos deducibles)− 630 €
A ingresar a Hacienda1.890 €
Si el resultado es negativo (más IVA soportado que repercutido), puedes compensarlo en los trimestres siguientes o solicitar la devolución en el Modelo 303 del 4T marcando la casilla de devolución.

Cómo rellenar el Modelo 303 paso a paso

  1. 01

    Accede a la sede electrónica de la AEAT

    Entra en aeat.es con tu certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico. Busca "Modelo 303" en el buscador de trámites.

  2. 02

    Rellena los datos identificativos

    NIF, nombre o razón social, ejercicio fiscal y trimestre que presentas.

  3. 03

    Introduce el IVA devengado (repercutido)

    Base imponible e IVA de tus facturas emitidas, separadas por tipo: 21%, 10% y 4%.

  4. 04

    Introduce el IVA deducible (soportado)

    Base e IVA de tus facturas recibidas por gastos deducibles. Incluye las cuotas de IVA de todos los proveedores con los que hayas trabajado.

  5. 05

    Comprueba el resultado

    La plataforma calcula automáticamente el IVA a ingresar, compensar o devolver. Revisa que los importes coincidan con tus registros.

  6. 06

    Presenta y paga (si procede)

    Si el resultado es a ingresar, puedes pagar en el momento con cargo en cuenta, mediante adeudo en cuenta o con NRC del banco.

El truco para no estresarte cada trimestre

La mayoría de autónomos llegan al 19 de cada trimestre sin saber exactamente cuánto deben pagar. El motivo es simple: no llevan las cuentas al día.

La solución es conectar el banco a una herramienta que calcule el IVA de forma automática. Así sabes en todo momento cuánto tienes que pagar antes de que llegue el plazo, y puedes reservar el dinero con antelación.

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Conecta tu banco y cada movimiento queda categorizado automáticamente. El Modelo 303 se calcula solo, cada día. Al final del trimestre solo tienes que revisar y presentar.

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Preguntas frecuentes sobre el Modelo 303

¿Qué pasa si no presento el Modelo 303 a tiempo?

Si lo presentas fuera de plazo pero antes de que Hacienda te requiera, el recargo es del 5% (hasta 3 meses tarde), 10% (hasta 6 meses) o 15% (más de 6 meses), más intereses de demora. Si Hacienda te requiere antes de que presentes, se convierte en infracción tributaria con multa de entre el 50% y el 150% de la cuota.

¿Puedo pedir aplazamiento del pago?

Sí. El IVA es aplazable mediante solicitud a Hacienda. Sin embargo, para deudas inferiores a 30.000€, el aplazamiento generalmente se concede automáticamente. Eso sí, devengan intereses de demora del 4,0625% anual.

¿Qué diferencia hay entre el Modelo 303 y el Modelo 390?

El Modelo 303 es trimestral y liquidas el IVA. El Modelo 390 es el resumen anual informativo del IVA: no implica pago, solo informa a Hacienda del total del año. Los autónomos que presentan el 303 mensualmente o están en SII (Suministro Inmediato de Información) no están obligados a presentar el 390.

¿Puedo deducir el IVA de una factura de un proveedor extranjero?

Depende de si el proveedor está en la UE o fuera. Los servicios de empresas de la UE (como suscripciones de software europeo) suelen venir sin IVA y se declaran por inversión del sujeto pasivo en la casilla correspondiente del 303. Las facturas de empresas de fuera de la UE se rigen por reglas de importación.

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